Voluntariado en Alemania

Servicio de voluntariado en Alemania para extranjeros (Voluntarios Internacionales).

Participación de extranjeros en el Servicio Nacional de Voluntariado (Bundesfreiwilligendienst, BFD), en el Servicio Social Voluntario (Freiwilliges Soziales Jahr, FSJ) o en el Voluntariado Medioambiental (Freiwilliges Ökologisches Jahr, FÖJ).

Se les está permitido a los extranjeros participar en los programas alemanes de voluntariado? Cuáles son los requisitos legales para la participación de extranjeros en un servicio de voluntariado en Alemania?

Permiso de residencia vigente

En principio los extranjeros pueden participar en los programas de voluntariado (BFD, FSJ y FÖJ). Esta condición es vigente para todos los extranjeros, tanto si proceden de un Estado miembro como si no. Sin embargo, para jóvenes procedentes de países de la UE hay menos obstáculos, ya que pueden llevar a cabo un voluntariado anual en Alemania sin mayores trámites.

Los voluntarios procedentes de Estados no miembros necesitan un permiso de residencia válido, comúnmente en forma de visado. Este permiso de residencia tiene que autorizar a su titular para la actividad laboral (véase artículo 4, apartado 2, primera frase de la Ley de Residencia). Sin embargo, dicha regulación no debería suponer un problema, puesto que las personas procedentes del extranjero pueden obtener un permiso de residencia especial para la participación en un voluntariado, según el artículo 18 de la Ley de Residencia. Para ello, no será necesaria la expedición de un permiso de trabajo por parte de la Agencia de Trabajo, como se desprende del artículo 39 de la Ley de Residencia en relación con los artículos 1 y 9 de la Ordenanza de Empleo: según el artículo 9, número 1, alternativa 1 de la Ordenanza de Empleo, el Servicio Social Voluntario y el Servicio Nacional de Vountariado son servicios voluntarios regulados jurídicamente.

Las instituciones donde se va a llevar a cabo el voluntariado a menudo ofrecen asesoramiento para la solicitud del visado.

Así mismo, el Servicio Social Voluntario puede realizarse precedido por una estancia de au pair en Alemania. En tal caso, el permiso de residencia deberá tramitarse de nuevo.

Los ciudadanos de la UE disfrutarán, como ya se ha dicho, de libertad de movimientos, aunque sí tendrán que ser capaces de subsistir por sus propios medios. Así, antes de aceptar el voluntariado tendrán que declarar si para ello serán suficientes la paga, la manutención, el alojamiento y demás prestaciones que ofrezca la institución donde va a llevarse a cabo el voluntariado. En caso contrario, el ciudadano de la UE no tendrá derecho a solicitar ningún tipo de ayuda social, ni siquiera como complemento.

Domicilio en Alemania

El domicilio del extranjero tiene que ser en Alemania como muy tarde al inicio del voluntariado anual. El extranjero, además, tendrá que registrarse en la Oficina del Padrón del municipio correspondiente.

Exención de Permiso de trabajo

Para la participación en un servicio voluntario no es necesaria la obtención de un permiso de trabajo.

Para colaborar con BFD, FSJ o FÖJ no es necesario contar la autorización de la Agencia de Trabajo, puesto que el voluntariado no persigue el lucro en primera instancia (artículo 9 de la Ordenanza de Empleo y artículo 2 de la Ordenanza Procesal de Empleo). Así pues, no será necesaria la expedición de un permiso por parte de la Agencia de Trabajo.

Excepción: prohibición de empleo

Los extranjeros sobre los que pesa una prohibición de empleo no tienen derecho a participar en un servicio de voluntariado. El motivo es que el ejercicio de un trabajo voluntario es una actividad bajo supervisión, en la cual la institución donde se realiza hace las veces de contratante, por la cual cosa el voluntariado se considera una ocupación laboral.

La prohibición de trabajar se aplicará a inmigrantes tolerados (artículo 60a de la Ley de Residencia) así como a solicitantes de asilo con permiso temporal de residencia (artículo 55 de la Ley de procedimiento de asilo) durante el primer año de residencia en la República Federal de Alemania. Ocasionalmente puede que la prohibición de trabajar siga vigente en el caso de inmigrantes tolerados con un año de residencia en Alemania que, sin embargo, han sido sancionados por la Oficina de Extranjería según el artículo 11 de la Ordenanza procesal de empleo). Pasado un año desde el inicio de la estancia, dichas personas pueden obtener de la Oficina de Extranjería una habilitación para el ejercicio de la actividad laboral, de forma que la participación en un voluntariado quedaría autorizada a la vez.

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